La normativa sobre bienes temporales aplicable a las casas de monjas "sui iuris".

A lo largo de los siglos la normativa por la que se han regulado los monasterios de monjas, ha evolucionado hasta alcanzar el régimen de autonomía que hoy es propio y característico en las casas sui iuris, y que se limita a una peculiar vigilancia en el caso de los monasterios del c. 615, de modo q...

Full description

Saved in:
Bibliographic Details
Main Author: Laura Magdalena Miguel
Format: Article
Language:English
Published: Servicio de publicaciones. Universidad Pontificia de Salamanca 2025-07-01
Series:Revista Española de Derecho Canónico
Subjects:
Online Access:https://revistas.upsa.es/index.php/derechocanonico/article/view/1626
Tags: Add Tag
No Tags, Be the first to tag this record!
Description
Summary:A lo largo de los siglos la normativa por la que se han regulado los monasterios de monjas, ha evolucionado hasta alcanzar el régimen de autonomía que hoy es propio y característico en las casas sui iuris, y que se limita a una peculiar vigilancia en el caso de los monasterios del c. 615, de modo que una intervención solo se justificaría en relación a hechos graves y perjudiciales, como los protagonizados por la comunidad de Belorado, en la que parte de las monjas llegaron incluso a provocar su propia excomunión mediante un cisma. Tras la evolución histórica, este artículo expondrá los sucesos más significativos relacionados con los bienes temporales (pues en ellos se encuentra el origen del conflicto) así como la normativa, canónica y secular, aplicable a los mismos
ISSN:0034-9372
2660-9541