Protección al derecho a la imagen y a la voz ante las tecnologías de la información y comunicación

Los derechos a la imagen y a la voz son derechos de la personalidad que le permiten a la persona poseer esas cualidades de su identidad, lo que implica aspectos positivos, negativos y precautorios. Actualmente, con el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, este derecho se vu...

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Main Authors: Elvia Lucía Flores Ávalos, Ximena Pérez García
Format: Article
Language:English
Published: Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) 2018-12-01
Series:Estudios en Derecho a la Información
Subjects:
Online Access:https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-informacion/article/view/13015
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Description
Summary:Los derechos a la imagen y a la voz son derechos de la personalidad que le permiten a la persona poseer esas cualidades de su identidad, lo que implica aspectos positivos, negativos y precautorios. Actualmente, con el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, este derecho se vuelve muy importante. La masiva difusión de fotografías o videos de personas en redes sociales impone preguntas académicas, tales como ¿es legítimo captar la imagen y voz de alguien y compartirlas en Internet?, ¿se requiere o no su consentimiento?, ¿la autoridad puede captar nuestra imagen?, ¿nosotros podemos captar la imagen de los servidores públicos? Para responder a estas preguntas es necesario saber a qué nos referimos con el derecho a la imagen y a la voz; su regulación en México; la situación actual de la tecnología, las redes sociales e Internet, así como las causas de justificación que implican conocer las circunstancias concretas para saber si las capturas y la difusión de la imagen y/o voz de alguien son legítimas o no.
ISSN:2683-2038
2594-0082