EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA MEDIACIÓN CIVIL Y MERCANTIL EN CONFLICTOS TRANSFRONTERIZOS EN ESPAÑA TRAS LA LEY 5/2012, DE 6 DE JULIO

El presente artículo analiza en profundidad la regulación que la Ley 5/2012, de 6-7, incorpora de la mediación transfronteriza, abordando diversos aspectos esenciales de ésta. La regulación del acuerdo de sometimiento a mediación, el papel de los mediadores, su formación y reconocimiento de su condi...

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Main Author: Carlos Esplugues Mota
Format: Article
Language:English
Published: Universidad Nacional Autónoma de México 2013-01-01
Series:Boletín Mexicano de Derecho Comparado
Online Access:http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=42725646006
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Summary:El presente artículo analiza en profundidad la regulación que la Ley 5/2012, de 6-7, incorpora de la mediación transfronteriza, abordando diversos aspectos esenciales de ésta. La regulación del acuerdo de sometimiento a mediación, el papel de los mediadores, su formación y reconocimiento de su condición, la eventual ley aplicable al fondo del litigio o la eficacia alcanzada por el acuerdo concluido por las partes son, en este sentido, algunos de los aspectos clave estudiados. El análisis realizado pone de manifiesto el logro intrínseco que la Ley supone y su relevancia a la hora de fomentar el recurso a la institución en España, a la vez, que refleja la necesidad de que la Ley se aplique para resolver algunos de los interrogantes que hoy por hoy suscita.
ISSN:0041-8633